Federal Attorney's Office of Enviornment
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OFICINA DE LA PROFEPA (PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE) |
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FUNCIÓN PRINCIPAL EN EL AICM:
DAR CUMPLIMIENTO A LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL NACIONAL E INTERNACIONAL VIGENTE, MEDIANTE LA INSPECCIÓN EN LA IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE MERCANCÍAS SUJETAS A REGULACIÓN POR LA SEMARNAT, PARA CONTRARRESTAR EL TRÁFICO ILEGAL DE VIDA SILVESTRE. |
DIRECTORIO, UBICACIÓN Y HORARIOS:
UBICACIÓN: TERMINAL 1, SALA "E" - 1, ÁREA INTERNACIONAL, BANDAS 10, 11 Y 12.
UBICACIÓN: TERMINAL 1, SALA "E"- 2 Y "E"- 3, LLEGADAS INTERNACIONALES, BANDAS DE LA 13 A LA 20.
TEL. 55897983
UBICACIÓN: TERMINAL 2.
TEL. 2598-7000 EXT. 7236 Y 7128
HORARIO DE ATENCIÓN: DE 6:00 A 22:00 HRS. |
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RECOMENDACIONES GENERALES PARA EL PASAJERO:
AL INGRESAR A MÉXICO ESTÁ OBLIGADO A DECLARAR EN LA ADUANA SI TRAE CONSIGO ANIMALES O PLANTAS, ASÍ COMO SUS PRODUCTOS O SUBPRODUCTOS. ASEGÚRESE DE QUE EL PRODUCTO QUE VA A ADQUIRIR, TANTO EN MÉXICO COMO EN EL EXTRANJERO PROVENGA DE UN LUGAR AUTORIZADO Y EXIGA EL RECIBO O FACTURA. |
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Mayor información: www.profepa.gob.mx |
Responsable: Biólogo Pedro Jesús Romo Obregón
Coordinador de Inspectorías.
A partir de 1996 la Profepa inició la operación del Programa de Inspección en Puertos, Aeropuertos y Fronteras, con el objetivo de verificar el estricto cumplimiento de las restricciones no arancelarias a la importación y exportación de mercancías sujetas a regulación por la SEMARNAT, contrarrestando de esta forma el tráfico ilegal de vida silvestre así como la entrada a nuestro país de plagas forestales y la correcta movilización transfronteriza de materiales y residuos peligrosos.
Actualmente, la PROFEPA cuenta con 68 puntos de inspección en el territorio nacional: 20 en puertos, 24 en aeropuertos internacionales y 23 puntos fronterizos y 1 aduana interior, mismas que son atendidas por 90 inspectores federales que llevan a cabo las siguientes acciones:
Inspección de la importación de productos forestales. Esta actividad se lleva a cabo conforme a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Ley Federal de Sanidad Vegetal y la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.
Inspección a las importaciones y exportaciones de vida silvestre de acuerdo con los preceptos establecidos en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General de Vida Silvestre, la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES), la Organización Internacional de Epizootias y la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.
| Movimiento |
Documentación requerida |
| Importación y exportación de vida silvestre |
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Autorización o Certificado CITES de importación o exportación |
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Registro de Verificación |
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Pago de derechos | |
| Importación y exportación de productos y subproductos forestales |
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Certificado Fitosanitario |
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En su caso Certificado CITES |
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Registro de Verificación |
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Pago de derechos | |
Los artículos de uso personal de vida silvestre no requieren autorización de importación o exportación de la Dirección General de Vida Silvestre, siempre y cuando no excedan de 2 piezas del mismo producto. Ejemplo: Botas, adornos, bienes del hogar, ropa, aretes, collares, pulseras, etc. |
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