POR VACACIONES DE SEMANA SANTA, RESTABLECE SCT PROGRAMA «AMIGO» EN AICM

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DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL COMUNICADO DE PRENSA

Fecha: 15/04/2011

POR VACACIONES DE SEMANA SANTA, RESTABLECE SCT PROGRAMA «AMIGO» EN AICM

  • El esquema aplicará del sábado 16 de abril al domingo 1° de mayo
  • Personal especializado orientará a pasajeros para agilizar trámites

El Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México (AICM) pondrá nuevamente en operación el programa Amigo de mañana sábado 16 de abril al domingo 1° de mayo, con la finalidad de orientar y apoyar a pasajeros en tránsito y a visitantes durante las vacaciones de Semana Santa, periodo en el que se incrementa la afluencia de usuarios en sus dos terminales.

A través de dicho operativo, se proporcionará información a los usuarios sobre los servicios que ofrecen las terminales 1 y 2, y se facilitarán los trámites que deberán cumplir ante autoridades aeroportuarias, como aduana y migración, así como los relacionados con documentación y reclamo de equipaje.

También se orientará a los viajeros a que ubiquen con facilidad y rapidez los mostradores de aerolíneas, filtros de acceso a salas de última espera, y estaciones del aerotrén, autobuses foráneos y taxis autorizados.

En Amigo participarán cerca de 100 personas, en su mayoría jóvenes universitarios y algunos adultos mayores, que se ubicarán en lugares estratégicos en ambas terminales, para auxiliar a los usuarios. Dicho personal laborará en dos turnos: de 07:00 a 15:00 horas y de 14:30 a 22:00 horas, de lunes a domingo.

Los integrantes de Amigo se identificarán por su uniforme de pantalón negro y playera o chamarra rojas; éstas con la palabra Información en la espalda y al frente el logotipo del AICM.

Asimismo, aumentarán las atenciones a personas con capacidades distintas, de la tercera edad y mujeres embarazadas o con bebés, en salas de última espera, a quienes se trasladará en mini-vehículos.

Por medio de altavoces, autoridades de las dos terminales solicitarán con frecuencia a viajeros y usuarios el cumplimiento de las disposiciones en vigor al interior de las instalaciones aeroportuarias, recomendarán el cuidado de sus equipajes y el uso de taxis autorizados.

Se recuerda a los viajeros que en diciembre de 2010 entraron en vigor restricciones en el equipaje de mano. Ahora sólo es posible llevar líquidos, geles o aerosoles en envases individuales, completamente cerrados, con capacidad de 100 mililitros cada uno o su equivalente. La cantidad máxima permitida de esos productos es de un litro en total o su equivalente, por pasajero.

Por lo que respecta a bebidas alcohólicas, el viajero podrá llevar hasta cinco litros en su equipaje de mano, siempre y cuando se compren en los locales comerciales ubicados en las salas de última espera. Todas aquellas bebidas alcohólicas que se hayan comprado fuera de las terminales aéreas, necesariamente deberán transportarse en el equipaje documentado.

n el cuidado de sus equipajes y el uso de taxis autorizados.

EL AICM ADELANTARÁ UNA HORA LOS RELOJES EN PANTALLAS DE INFORMACIÓN, POR EL HORARIO DE VERANO

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Dirección General de Comunicación Social 
México, D. F., 01 de Abril de 2011

 

EL AICM ADELANTARÁ UNA HORA LOS RELOJES EN PANTALLAS DE INFORMACIÓN, POR EL HORARIO DE VERANO

  • A las 02:00 horas, del domingo 3 de abril, hará el cambio de huso horario en 304 pantallas informativas
  • Prestadores de servicios, aerolíneas y autoridades también ajustarán sus relojes

Para evitar confusiones o contratiempos a los pasajeros en sus vuelos, el Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México (AICM) adelantará una hora los relojes en las pantallas de información de vuelos, el domingo 3 de abril, por el inicio del horario de verano.

El AICM ajustará la hora en las 304 pantallas (94 en Terminal 1 y 210 en la Terminal 2), que proporcionan datos de salidas y arribos de vuelos, ubicadas en los pasillos de las áreas nacional e internacional (ambulatorios), salas de última espera y áreas comerciales.

Cabe señalar que con el cambio al Horario de Verano, las aerolíneas nacionales y extranjeras reprogramaron sus itinerarios de vuelo con anticipación, modificarán sus relojes y pondrán al tanto a los pasajeros sobre el nuevo horario.

La administración del AICM avisó sobre el ajuste oportunamente a las compañías aéreas y prestadores de servicios que operan en el aeródromo, para que modifiquen todos los dispositivos que marcan la hora y, a través de su sistema de voceo, informará a los usuarios de la medida, que entrará en vigor el próximo domingo 3 de abril, a las 02:00 horas.

La disposición, instrumentada por el AICM, cumple con el Decreto del Horario Estacional de los Estados Unidos Mexicanos del 1 de marzo de 2002, que establece el Horario de Verano desde el primer domingo de abril al último domingo de octubre.

PROPORCIONARÁ SCT APOYO A USUARIOS DEL AICM EN PERIODO VACACIONAL DE INVIERNO

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DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL COMUNICADO DE PRENSA

Fecha: 16/12/2010

PROPORCIONARÁ SCT APOYO A USUARIOS DEL AICM EN PERIODO VACACIONAL DE INVIERNO

  • El programa Amigo inicia el sábado 18 de diciembre de 2010 y concluye el domingo 9 de enero de 2011
  • Personal especializado orientará a pasajeros para agilizar trámites

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) pondrá el sábado 18 de diciembre en operación el programa Amigo, en el Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México (AICM), con el propósito de auxiliar a pasajeros y visitantes de esa terminal aérea durante el periodo vacacional de invierno 2010-2011.

La estrategia de la Secretaría en dicho aeropuerto concluirá el domingo 9 de enero y consiste en ofrecer información sobre servicios y trámites que se deben efectuar ante autoridades aeroportuarias ?Aduana y Migración-, y los relacionados con documentación y reclamo de equipaje.

En el programa Amigo participan 80 personas, entre estudiantes y adultos mayores, contratados y entrenados por el propio AICM, que se ubicarán en sitios estratégicos de las terminales1 y 2 para llevar a cabo labores de orientación, con la finalidad de que los viajeros localicen rápidamente mostradores de aerolíneas, filtros de acceso a salas de última espera, y estaciones de aerotrén, autobuses foráneos y taxis autorizados.

Este personal será identificado por el uniforme, consistente en pantalón negro y chamarra color rojo con la leyenda Información en la espalda y al frente el logotipo de AICM.

Adicionalmente, se proporcionará apoyo de traslado en mini vehículos a personas con capacidades distintas, de la tercera edad y mujeres embarazadas o con bebés, hasta las salas de última espera o viceversa.

Por medio de altavoces, autoridades de la terminal aérea solicitarán a viajeros y usuarios diversas disposiciones en vigor al interior de las instalaciones, así como el cuidado de sus equipajes y el uso de taxis autorizados.

PROPORCIONARÁ SCT APOYO A USUARIOS DEL AICM EN PERIODO VACACIONAL DE INVIERNO

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DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL COMUNICADO DE PRENSA

Fecha: 16/12/2010

PROPORCIONARÁ SCT APOYO A USUARIOS DEL AICM EN PERIODO VACACIONAL DE INVIERNO

  • El programa Amigo inicia el sábado 18 de diciembre de 2010 y concluye el domingo 9 de enero de 2011
  • Personal especializado orientará a pasajeros para agilizar trámites

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) pondrá el sábado 18 de diciembre en operación el programa Amigo, en el Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México (AICM), con el propósito de auxiliar a pasajeros y visitantes de esa terminal aérea durante el periodo vacacional de invierno 2010-2011.

La estrategia de la Secretaría en dicho aeropuerto concluirá el domingo 9 de enero y consiste en ofrecer información sobre servicios y trámites que se deben efectuar ante autoridades aeroportuarias ?Aduana y Migración-, y los relacionados con documentación y reclamo de equipaje.

En el programa Amigo participan 80 personas, entre estudiantes y adultos mayores, contratados y entrenados por el propio AICM, que se ubicarán en sitios estratégicos de las terminales1 y 2 para llevar a cabo labores de orientación, con la finalidad de que los viajeros localicen rápidamente mostradores de aerolíneas, filtros de acceso a salas de última espera, y estaciones de aerotrén, autobuses foráneos y taxis autorizados.

Este personal será identificado por el uniforme, consistente en pantalón negro y chamarra color rojo con la leyenda Información en la espalda y al frente el logotipo de AICM.

Adicionalmente, se proporcionará apoyo de traslado en mini vehículos a personas con capacidades distintas, de la tercera edad y mujeres embarazadas o con bebés, hasta las salas de última espera o viceversa.

Por medio de altavoces, autoridades de la terminal aérea solicitarán a viajeros y usuarios diversas disposiciones en vigor al interior de las instalaciones, así como el cuidado de sus equipajes y el uso de taxis autorizados.

INSTRUMENTA SCT NUEVAS MEDIDAS DE SEGURIDAD AÉREA EN EQUIPAJE DE VIAJEROS

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COMUNICADO CONJUNTO

Fecha: 24/11/2010

INSTRUMENTA SCT NUEVAS MEDIDAS DE SEGURIDAD AÉREA EN EQUIPAJE DE VIAJEROS

  • A partir del 1 de diciembre entrarán en vigor disposiciones que precisarán tipo y cantidad de productos que podrán portar pasajeros y tripulación en equipaje de mano
  • Se aplicarán en todos los aeropuertos comerciales del país
  • Aerolíneas y permisionarios de terminales aéreas, responsables de difundir el contenido del documento

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) y en coordinación con los concesionarios y permisionarios de aeropuertos civiles de servicio público de transporte aéreo, instrumentará a partir del miércoles 1 de diciembre las medidas integradas en la Circular Obligatoria que establece la cantidad, características y embalajes de artículos y accesorios en equipaje de mano, en cabinas de pasajeros y de pilotos de aeronaves comerciales, que pudieran utilizarse para la comisión de actos de interferencia ilícita en vuelo.

Esta actualización, responde a ordenamientos y recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y a normas mexicanas en materia de seguridad aérea y seguridad aeroportuaria, y se aplicarán en todos los recintos que conforman la red aeroportuaria y para todos los vuelos comerciales, sean éstos con destino nacional e internacional.

La DGAC, paralelamente a la modernización de las medidas de seguridad, busca estandarizar criterios, medios y procedimientos entre autoridades, empleados, pasajeros y otros interesados en la materia, así como facilitar los modos de inspección, restricción y/o aceptación de los equipajes de mano y de carga de los viajeros, quienes no estarán autorizados a introducir en la zona restringida de seguridad, ni en la cabina de una aeronave, artículos que constituyan un riesgo para la salud de los pasajeros y la tripulación, así como para la protección de las aeronaves.

De acuerdo con esta norma, los artículos que pueden llevarse sin restricciones en el equipaje de mano, son: medicamentos en la cantidad necesaria para la duración del viaje; leche, jugo y alimentos para bebé, siempre y cuando el menor vaya a bordo de la aeronave; productos para necesidades dietéticas especiales, cilindros de oxígeno gaseoso de uso medicinal, con prescripción médica obligatoria y discos compactos, otros artículos electrónicos, computadoras portátiles, ropa y calzado.

En el equipaje de mano sólo se permitirán líquidos, geles y aerosoles para uso cosmético o de higiene personal en envases individuales no superiores a 100 mililitros (o su equivalente) dentro de una bolsa de plástico resellable de 20 por 20 centímetros y en una cantidad total no superior a 1 litro (o su equivalente) por pasajero. El contenido deberá caber sin dificultad en la bolsa de plástico, que luego se cerrará completamente.

Por lo que respecta a bebidas alcohólicas, el pasajero podrá llevar hasta cinco litros en el equipaje de mano siempre y cuando se compren en los locales comerciales que se ubican en las salas de última espera de los aeropuertos. Todas aquellas bebidas alcohólicas que se hayan adquirido fuera de los aeropuertos, necesariamente deberán transportarse en el equipaje documentado.

Se permitirán como equipaje de bodega, debidamente documentados con embalaje y protección adecuados, artículos objetos punzantes o con aristas como herramientas de mano: martillos, desarmadores, pinzas, tijeras de metal con puntas no redondeadas, taladros y sierras eléctricas portátiles.

Queda estrictamente prohibido llevar a bordo o en los equipajes documentado o de mano: sustancias o materiales explosivas e inflamables como cilindros de oxígeno y de gases comprimidos como acetileno, helio, nitrógeno, propano, butano e hidrógeno, frigoríficos con gases licuados, amoniaco en solución y oxígeno líquido refrigerado, baterías y acumuladores de cualquier tipo (con líquido o sólidos), incluso los de uso vehicular; lámparas de alta intensidad con bombillas y pilas.

Posteriormente a su revisión, siempre y cuando cumplan con los controles de seguridad por parte de las autoridades competentes, en coordinación con el concesionario o permisionario del transporte, se permitirá llevar como equipaje de bodega armas de fuego, partes de ellas, réplicas o juguetes que simulen serlo; pistolas de competencia y de bengalas, bengalas, pistolas de aire comprimido, fuegos artificiales, rociadores defensivos de pimienta, picantes, entre otras, e instrumentos contundentes como palos de golf y de jockey, bates de béisbol, raquetas, bastones para esquiar y objetos similares.

No estará permitido transportar, bajo ninguna circunstancia, ni en equipaje de mano o de carga, cloros para uso doméstico, para albercas y tinas; blanqueadores de ropa o desinfectantes; encendedores en forma de pistola o de uso casero que excedan los nueve centímetros; fósforos de encendido por fricción en cualquier superficie; y, sustancias químicas, biológicas y radiológicas tóxicas o infecciosas.

Dentro de estas medidas se han considerado las necesidades y derechos de las personas con capacidades diferentes que requieran del transporte aéreo, para utilizar objetos como: muletas, bastones, sillas de ruedas, y ayudas motrices eléctricas y no eléctricas que cumplan con los procedimientos de seguridad y embalaje para su traslado.

La DGAC subraya que es responsabilidad de los concesionarios y permisionarios de los aeropuertos civiles hacer del conocimiento de sus usuarios (viajeros), empleados, proveedores, representantes autorizados y visitantes, de estas medidas, para facilitar su aplicación.

Cabe destacar que Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA), organismo descentralizado de la SCT que administra integralmente 19 aeropuertos y cinco más en sociedad con los gobiernos estatales (Puebla, Querétaro, Morelos, Chiapas y Estado de México), implementa la actualización de esas disposiciones con la impresión de carteles informativos y capacitación de personal, en coordinación con la DGAC y la Cámara Nacional de Aerotransportes (Canaero).