PROPORCIONARÁ SCT APOYO A USUARIOS DEL AICM EN PERIODO VACACIONAL DE INVIERNO

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DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL COMUNICADO DE PRENSA

Fecha: 16/12/2010

PROPORCIONARÁ SCT APOYO A USUARIOS DEL AICM EN PERIODO VACACIONAL DE INVIERNO

  • El programa Amigo inicia el sábado 18 de diciembre de 2010 y concluye el domingo 9 de enero de 2011
  • Personal especializado orientará a pasajeros para agilizar trámites

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) pondrá el sábado 18 de diciembre en operación el programa Amigo, en el Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México (AICM), con el propósito de auxiliar a pasajeros y visitantes de esa terminal aérea durante el periodo vacacional de invierno 2010-2011.

La estrategia de la Secretaría en dicho aeropuerto concluirá el domingo 9 de enero y consiste en ofrecer información sobre servicios y trámites que se deben efectuar ante autoridades aeroportuarias ?Aduana y Migración-, y los relacionados con documentación y reclamo de equipaje.

En el programa Amigo participan 80 personas, entre estudiantes y adultos mayores, contratados y entrenados por el propio AICM, que se ubicarán en sitios estratégicos de las terminales1 y 2 para llevar a cabo labores de orientación, con la finalidad de que los viajeros localicen rápidamente mostradores de aerolíneas, filtros de acceso a salas de última espera, y estaciones de aerotrén, autobuses foráneos y taxis autorizados.

Este personal será identificado por el uniforme, consistente en pantalón negro y chamarra color rojo con la leyenda Información en la espalda y al frente el logotipo de AICM.

Adicionalmente, se proporcionará apoyo de traslado en mini vehículos a personas con capacidades distintas, de la tercera edad y mujeres embarazadas o con bebés, hasta las salas de última espera o viceversa.

Por medio de altavoces, autoridades de la terminal aérea solicitarán a viajeros y usuarios diversas disposiciones en vigor al interior de las instalaciones, así como el cuidado de sus equipajes y el uso de taxis autorizados.

INSTRUMENTA SCT NUEVAS MEDIDAS DE SEGURIDAD AÉREA EN EQUIPAJE DE VIAJEROS

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COMUNICADO CONJUNTO

Fecha: 24/11/2010

INSTRUMENTA SCT NUEVAS MEDIDAS DE SEGURIDAD AÉREA EN EQUIPAJE DE VIAJEROS

  • A partir del 1 de diciembre entrarán en vigor disposiciones que precisarán tipo y cantidad de productos que podrán portar pasajeros y tripulación en equipaje de mano
  • Se aplicarán en todos los aeropuertos comerciales del país
  • Aerolíneas y permisionarios de terminales aéreas, responsables de difundir el contenido del documento

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) y en coordinación con los concesionarios y permisionarios de aeropuertos civiles de servicio público de transporte aéreo, instrumentará a partir del miércoles 1 de diciembre las medidas integradas en la Circular Obligatoria que establece la cantidad, características y embalajes de artículos y accesorios en equipaje de mano, en cabinas de pasajeros y de pilotos de aeronaves comerciales, que pudieran utilizarse para la comisión de actos de interferencia ilícita en vuelo.

Esta actualización, responde a ordenamientos y recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y a normas mexicanas en materia de seguridad aérea y seguridad aeroportuaria, y se aplicarán en todos los recintos que conforman la red aeroportuaria y para todos los vuelos comerciales, sean éstos con destino nacional e internacional.

La DGAC, paralelamente a la modernización de las medidas de seguridad, busca estandarizar criterios, medios y procedimientos entre autoridades, empleados, pasajeros y otros interesados en la materia, así como facilitar los modos de inspección, restricción y/o aceptación de los equipajes de mano y de carga de los viajeros, quienes no estarán autorizados a introducir en la zona restringida de seguridad, ni en la cabina de una aeronave, artículos que constituyan un riesgo para la salud de los pasajeros y la tripulación, así como para la protección de las aeronaves.

De acuerdo con esta norma, los artículos que pueden llevarse sin restricciones en el equipaje de mano, son: medicamentos en la cantidad necesaria para la duración del viaje; leche, jugo y alimentos para bebé, siempre y cuando el menor vaya a bordo de la aeronave; productos para necesidades dietéticas especiales, cilindros de oxígeno gaseoso de uso medicinal, con prescripción médica obligatoria y discos compactos, otros artículos electrónicos, computadoras portátiles, ropa y calzado.

En el equipaje de mano sólo se permitirán líquidos, geles y aerosoles para uso cosmético o de higiene personal en envases individuales no superiores a 100 mililitros (o su equivalente) dentro de una bolsa de plástico resellable de 20 por 20 centímetros y en una cantidad total no superior a 1 litro (o su equivalente) por pasajero. El contenido deberá caber sin dificultad en la bolsa de plástico, que luego se cerrará completamente.

Por lo que respecta a bebidas alcohólicas, el pasajero podrá llevar hasta cinco litros en el equipaje de mano siempre y cuando se compren en los locales comerciales que se ubican en las salas de última espera de los aeropuertos. Todas aquellas bebidas alcohólicas que se hayan adquirido fuera de los aeropuertos, necesariamente deberán transportarse en el equipaje documentado.

Se permitirán como equipaje de bodega, debidamente documentados con embalaje y protección adecuados, artículos objetos punzantes o con aristas como herramientas de mano: martillos, desarmadores, pinzas, tijeras de metal con puntas no redondeadas, taladros y sierras eléctricas portátiles.

Queda estrictamente prohibido llevar a bordo o en los equipajes documentado o de mano: sustancias o materiales explosivas e inflamables como cilindros de oxígeno y de gases comprimidos como acetileno, helio, nitrógeno, propano, butano e hidrógeno, frigoríficos con gases licuados, amoniaco en solución y oxígeno líquido refrigerado, baterías y acumuladores de cualquier tipo (con líquido o sólidos), incluso los de uso vehicular; lámparas de alta intensidad con bombillas y pilas.

Posteriormente a su revisión, siempre y cuando cumplan con los controles de seguridad por parte de las autoridades competentes, en coordinación con el concesionario o permisionario del transporte, se permitirá llevar como equipaje de bodega armas de fuego, partes de ellas, réplicas o juguetes que simulen serlo; pistolas de competencia y de bengalas, bengalas, pistolas de aire comprimido, fuegos artificiales, rociadores defensivos de pimienta, picantes, entre otras, e instrumentos contundentes como palos de golf y de jockey, bates de béisbol, raquetas, bastones para esquiar y objetos similares.

No estará permitido transportar, bajo ninguna circunstancia, ni en equipaje de mano o de carga, cloros para uso doméstico, para albercas y tinas; blanqueadores de ropa o desinfectantes; encendedores en forma de pistola o de uso casero que excedan los nueve centímetros; fósforos de encendido por fricción en cualquier superficie; y, sustancias químicas, biológicas y radiológicas tóxicas o infecciosas.

Dentro de estas medidas se han considerado las necesidades y derechos de las personas con capacidades diferentes que requieran del transporte aéreo, para utilizar objetos como: muletas, bastones, sillas de ruedas, y ayudas motrices eléctricas y no eléctricas que cumplan con los procedimientos de seguridad y embalaje para su traslado.

La DGAC subraya que es responsabilidad de los concesionarios y permisionarios de los aeropuertos civiles hacer del conocimiento de sus usuarios (viajeros), empleados, proveedores, representantes autorizados y visitantes, de estas medidas, para facilitar su aplicación.

Cabe destacar que Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA), organismo descentralizado de la SCT que administra integralmente 19 aeropuertos y cinco más en sociedad con los gobiernos estatales (Puebla, Querétaro, Morelos, Chiapas y Estado de México), implementa la actualización de esas disposiciones con la impresión de carteles informativos y capacitación de personal, en coordinación con la DGAC y la Cámara Nacional de Aerotransportes (Canaero).

REPROGRAMARÁ EL AICM OPERACIONES EL 20 DE NOVIEMBRE

14-02-2

Dirección General de Comunicación Social 
México, D. F., 19 de Noviembre de 2010

 

REPROGRAMARÁ EL AICM OPERACIONES EL 20 DE NOVIEMBRE

  • Se suspenderán vuelos comerciales y privados, de las 10:45 a las 12:45 horas, por exhibición aérea militar

Para facilitar la exhibición aérea, como parte del desfile militar que se realizará este sábado 20 de noviembre, con motivo del Centenario de la Revolución Mexicana, el Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México (AICM) reprogramará 86 vuelos.

La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) emitió el NOTAM (Notice To Airmen o Información para aviadores) A6604/10, en el que informa que se suspenderán las operaciones de aterrizaje y despegue de aeronaves comerciales y privadas en el AICM, de las 10:45 a las 12:45 horas del sábado próximo.

De los 86 vuelos modificados, siete serán cancelados, en tanto que los restantes 79 se realizarán antes de las 10:45 horas o cuando concluya la exhibición aérea militar, es decir, después de las 12:45 horas.

En esta determinación hubo estrecha coordinación entre autoridades de la DGAC, Fuerza Aérea Mexicana, Secretaría de Marina, AICM, Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM), y las líneas aéreas nacionales e internacionales, para evitar perjuicios a los usuarios.

Las aerolíneas que operan en las Terminales 1 y 2 del AICM informaron a sus pasajeros los cambios de vuelos y la manera en que se reanudarán las operaciones.

EL AICM AJUSTARÁ EL TIEMPO EN RELOJES AL CONCLUIR EL HORARIO DE VERANO

14-02-2

Dirección General de Comunicación Social 
México, D. F., 28 de Octubre de 2010

 

EL AICM AJUSTARÁ EL TIEMPO EN RELOJES AL CONCLUIR EL HORARIO DE VERANO

  • A las 2:00 horas del 31 de octubre se retrasarán los relojes una hora en 640 pantallas de la terminal aérea
  • Las líneas aéreas programaron con anticipación sus itinerarios de vuelo, con el nuevo horario
  • Prestadores de servicios, trabajadores y autoridades que operan en el AICM también ajustarán sus relojes

Para evitar contratiempos y confusiones a pasajeros, el próximo domingo 31 de octubre, a las 02:00 horas, el Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México (AICM) atrasará una hora los relojes de sus pantallas de información de vuelos, al concluir el horario de verano.

Se ajustará el tiempo en 640 pantallas en total (361 en Terminal 1 y 279 en Terminal 2), que detallan llegadas, salidas y estatus de vuelos y se ubican en los pasillos de las áreas nacional e internacional (ambulatorios), salas de última espera y áreas comerciales.

Lo anterior, a fin de cumplir con el Decreto del Horario Estacional de los Estados Unidos Mexicanos, que data del 1 de marzo de 2002 y que establece el Horario de Verano del primer domingo de abril al último domingo de octubre.

Por ello, el AICM coordinó con las aerolíneas nacionales y extranjeras programar sus itinerarios de vuelo con anticipación, modificar sus relojes e informar a sus pasajeros que concluye el horario de verano.

La administración del aeropuerto envió una circular a oficinas de líneas aéreas y prestadores de servicios, para que ajusten todos sus sistemas que marcan la hora.

Adicionalmente, a través de su sistema de voceo, el AICM informa a los pasajeros que deben atrasar una hora sus relojes la madrugada del próximo domingo.

Es importante recordar que conforme a los lineamientos de seguridad vigentes, y para cumplir con la revisión de documentos y registro de equipaje, los pasajeros deben presentarse en la terminal aérea con tres horas de anticipación, si su vuelo es internacional y dos horas, si es nacional.

REPROGRAMARÁ EL AICM OPERACIONES EL 20 DE NOVIEMBRE

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DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL COMUNICADO DE PRENSA

Fecha: 14/09/2010

REPROGRAMARÁ SCT OPERACIONES EN EL AICM EL 16 DE SEPTIEMBRE

  • Se suspenderán vuelos comerciales y privados, de las 09:00 a las 13:00 horas, por exhibición aérea militar
  • Las operaciones se reanudarán después de las maniobras castrenses

Para facilitar las maniobras aéreas que formarán parte del desfile militar del 16 de septiembre, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) reprogramará 37 vuelos en el Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México (AICM).

De acuerdo con el NOTAM (Notice To Airmen -Información para aviadores-) A4858/10, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), en dicha terminal aérea se suspenderán las operaciones de aterrizaje y despegue de aeronaves comerciales y privadas, de las 09:00 a las 13:00 horas, del jueves próximo.

De los 37 vuelos modificados, 13 serán cancelados, en tanto que los restantes 24 se realizarán antes de las 09:00 horas o cuando concluya la exhibición aérea militar; es decir, después de las 13:00 horas.

En esta determinación hubo estrecha coordinación entre autoridades de la DGAC, Fuerza Aérea Mexicana, Secretaría de Marina, AICM, Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM), y las líneas aéreas nacionales e internacionales, para evitar perjuicios a los usuarios.

Las aerolíneas que operan en las terminales 1 y 2 del AICM instrumentaron una campaña de difusión, para informar a sus pasajeros de los cambios de vuelos y la manera en que se reanudarán las operaciones.